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Medio Ambiente y Manejo de Residuos

Soluciones integrales para la gestión ambiental de tu empresa con cumplimiento normativo garantizado

Gestión ambiental y reciclaje

CEDULA DE OPERACIÓN ANUAL (COA)

La COA es un trámite cuyo objetivo es reportar la información sobre las emisiones y transferencia de contaminantes al aire, agua, suelo y subsuelo, materiales y residuos peligrosos a nivel federal, para analizar las corrientes de entrada y salida, y aplicar estrategias de reducción de contaminantes, desarrollar indicadores ambientales y energéticos, establecer prioridades bajo criterios de costo beneficio e incrementar la eficiencia y reducción del daño ambiental, favoreciendo la competitividad a nivel internacional.

Nuestros Servicios Ambientales

Soluciones completas para todas tus necesidades ambientales

Manejo de residuos

Licencia de Funcionamiento - Ambiental Única (LF/LAU)

La licencia de funcionamiento de una empresa es la certificación expedida a nivel municipal por el ayuntamiento para el lugar donde se ubica el establecimiento de la empresa y que autoriza el inicio de la actividad en dicho establecimiento.

Estudios de impacto ambiental

Estudios de Impacto Ambiental

NORMA Oficial Mexicano NOM-001-ASEA-2019, Que establece los criterios para clasificar a los Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos y determinar cuáles están sujetos a Plan de Manejo; el listado de los mismos, así como los elementos para la formulación y gestión de los Planes de Manejo de Residuos Peligrosos y de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos

Licencias y permisos

Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) e Informe Preventivo (IP)

Un trámite que se realiza para obtener la autorización de obras o actividades que pueden realizarse sin necesidad de presentar una manifestación de impacto ambiental. Consiste en la conformación en un documento de los datos generales del proyecto a realizar, el promovente, vinculación con normas oficiales mexicanas u otras dispocisiones en materia de impacto ambiental, metodologías para evaluar los impactos ambientales, así como de las medidas de prevención o mitigación.

Preguntas Frecuentes

Resolvemos tus dudas sobre gestión ambiental

CEDULA DE OPERACIÓN ANUAL (COA)

Se presenta anualmente del periodo del 1 de marzo del 30 de junio, y se reportan las emisiones del año anterior.

Es necesario contar previamente con una licencia de funcionamiento o licencia ambiental única aprobada. ¡Cotiza con nosotros, contáctanos!

La cédula de operación anual (COA), se presenta de forma digital, a través del sistema nacional de trámites electrónicos "SINATEC".

Sí, Pueden ser desde $43,000 pesos hasta $868,000 pesos por no presentar la información, así como por entregar información falsa o no presentar el reporte

No, esta obligación no exige pago de derechos.

No, la cédula de operación anual (coa) debe ser realizada individualmente para cada instalación física, ya que las emisiones son variables

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO - AMBIENTAL ÚNICA (LF/LAU)

La actualización de la licencia de funcionamiento la deben presentar las personas físicas o morales ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) que operen fuentes fijas de jurisdicción federal y cuenten con Licencia de Funcionamiento en materia de atmósfera, para que se realice la regulación en materia de atmósfera cuando existan cambios en sus procesos industriales, incrementen la producción anual, u otros. Las estaciones de servicio para el expendio al público de gasolina y diésel son consideradas como fuentes fijas de jurisdicción federal de conformidad con el ART.17BIS del reglamento de la ley general del equilibrio ecológico y la protección al medio ambiente en materia de prevención y control de la contaminación de la atmosfera a partir de la reforma publicada en el diario oficial de la federación del 31 de octubre del 2014. Es obligatorio a partir de 02 de marzo del 2015.

MANIFESTACION DE IMPACTO AMBIENTAL (MIA) E INFORME PREVENTIVO (IP)

Obtener una resolución en la cual expresa una autorización en materia de impacto ambiental respecto al conjunto de obras o actividades que pueden realizarse sin necesidad de presentar una manifestación de impacto ambiental.

Todos aquellos que pretenden realizar obras o actividades a las que se refiere obras o actividades que pueden causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos para proteger el ambiente

ACUERDO por el que se hace conocimiento a los Regulados con Estaciones de Servicio de expendio al público de Petroliferos (diésel y gasolinas) los casos en que procede la presentación de informe preventivo dentro del trámite de evaluacón de impacto ambiental y los mecanismos de atención. DOF: 17/10/2017